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  • Acondicionamiento

    Obras que buscan mejorar las condiciones de habitabilidad de un edificio o de parte del mismo mediante la introducción de nuevas instalaciones, la modernización de las existentes o la redistribución de su espacio interior, pudiendo variar el número de viviendas o locales existentes sin intervenir sobre las características morfológicas o estructura portante, ni alterar la envolvente del edificio. Podrá autorizarse la apertura de nuevos huecos y la modificación de los existentes, siempre que así lo contemple la normativa específica de aplicación. Cuando las obras afectan a un local, locales o viviendas del edificio, que individualmente o en su conjunto no superen el 25% de la superficie del edificio, la intervención tendrá el carácter de puntual.

  • Condensación

    Fenómeno por el cual el vapor de agua se transforma en agua líquida al alcanzarse la temperatura de rocío. Puede ocurrir en las fachadas y cubiertas de los edificios con dos variantes: condensación superficial interior, cuando el fenómeno se produce en la cara interior de la fachada o cubierta, y condensación intersticial, cuando ocurre dentro del espesor de dicha fachada o cubierta, normalmente en la cara más exterior del aislante, si lo hay.

  • Conservación

    Obras que buscan mantener al edificio en correctas condiciones de salubridad, habitabilidad, confortabilidad y ornato, sin alterar sus características morfológicas o distribución. Se incluirán en este tipo, entre otras, la reposición de instalaciones, el cuidado de cornisas, salientes y vuelos, la limpieza o reposición de canalones y bajantes, la reparación de cubiertas, y la sustitución de solados, yesos y pinturas interiores.

  • Consolidación

    Obras que tienen por objeto el afianzamiento, refuerzo o sustitución de elementos dañados para asegurar la estabilidad del edificio, con posibles alteraciones menores de su estructura y distribución.

  • Obras exteriores

    Obras que afectan, de forma puntual o limitada, a las fachadas y cubiertas de los edificios, modificando su configuración exterior sin afectar a la volumetría. Comprende la modificación de huecos, ritmos, tratamientos o materiales, la sustitución de los elementos de cierre o sus materiales, la implantación de elementos fijos exteriores con o sin afectación estructural, muestras, marquesinas y escaparates.

  • Reconfiguración

    Obras que no alteran cuantitativamente el volumen de un edificio, pero lo modifican en su disposición, con pequeñas intervenciones, que tendrán como finalidad principal la de eliminar impactos negativos existentes. Se consideran obras de reconfiguración, entre otras, la modificación de trazados inadecuados de cubierta por reorganización de sus faldones, la regularización de áticos, buhardillas y cuartos de maquinaria, la supresión de limas y compensación de la supresión de cuerpos añadidos en patios mediante la utilización de espacios existentes bajo cubiertas. No podrán afectar a un volumen superior al 10% del total del inmueble o edificio.

  • Reestructuración general

    Todas aquellas obras en los edificios que excedan las de restauración, conservación, consolidación y acondicionamiento, siendo consideradas de reestructuración total en el caso de vaciado del edificio con mantenimiento de fachada recayente a vía o a espacio libre de uso público. Las obras de Reestructuración General y Total se someterán a las condiciones de obra de Nueva Edificación.

  • Reestructuración parcial

    Obras que incluyen construcción de entreplantas, cubrición y forjado de patios cerrados de dimensiones inferiores al 50% de las establecidas en la norma de aplicación, demolición y nueva construcción de núcleos de comunicación vertical, apertura de patios o incremento del espacio libre de parcela, de acuerdo con las dimensiones establecidas por la norma zonal de aplicación para edificios no catalogados.

  • Reestructuración puntual

    Obras que incluyen pequeñas modificaciones estructurales para posibilitar cambios en la distribución mediante la apertura puntual de huecos de paso en muros, la adecuación a la normativa contra incendios o a la de accesibilidad y supresión de barreras mediante la construcción de pasos, rampas, escaleras y vías de evacuación, el cumplimiento de la normativa contra incendios mediante la construcción de pasos y vías de evacuación, la instalación de ascensores y construcción de escaleras privadas de comunicación entre pisos, o la sustitución parcial de forjados, pudiendo introducirse modificaciones de nivel en zonas localizadas.

  • Restauración

    Obras que buscan la restitución de un edificio, o de parte del mismo, a sus condiciones o estado original. Pueden incluir la reparación o sustitución puntual de elementos estructurales e instalaciones, a fin de asegurar la estabilidad y funcionalidad, siempre que no alteren las características morfológicas del edificio original. Se incluyen dentro de este tipo de obras las de eliminación de elementos extraños añadidos a las fachadas y cubiertas de los edificios, la recuperación de cornisas y aleros suprimidos en intervenciones anteriores, la reposición de molduras y ornamentos eliminados en fachadas, así como la recuperación de las disposiciones y ritmos originales de los huecos de éstas y de los revocos de las fachadas y la eliminación de falsos techos y otros añadidos.

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